El gobierno de la Provincia de Mendoza oficializó el jueves 18 de junio nuevas restricciones en el marco del Distanciamiento Social que se aplica en la provincia por la cuarentena por coronavirus.

Con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 775, que modifica varios párrafos del anterior, el 700 básicamente la nueva «normalidad» en la provincia de Mendoza se emparenta con la que se experimentaba, justamente, antes del dictado del decreto 700.

Estas medidas, que claramente significan una marcha atrás en el proceso de aislamiento por la pandemia mundial de Covid-19, responden en forma directa al ya famoso «caso 98» una decena de contagios en cadena producidos luego de una reunión social en Maipú, claramente por fuera de los preceptos normados por el Gobierno.

Los detalles

Básicamente las nuevas disposiciones consisten en la prohibición de reuniones de amigos en viviendas particulares. Podrán seguir reuniéndose en bares, restaurantes y cafeterías, respetando las normas del distanciamiento social.

Los encuentros familiares vuelven a estar remitidos solo a sábados, domingos y feriados de 9 a 23 y con máximo de 10 personas.

Entran en vigencia nuevamente las salidas por terminación de DNI para asistir a comercios y practicar actividades deportivas: lunes, miércoles y viernes los finalizados en 1, 2, 3, 4 y 5; martes, jueves y sábado, los que terminen en 6, 7, 8 y 9, domingos de 8 a 14 el primer grupo de 14 a 19 el segundo.

En restaurantes, bares y cafeterías habrá atención al público, guardando el distanciamiento social.

El turismo interno no se verá afectado por el régimen de salidas por DNI ni por cercanía geográfica. Las reservas servirán como comprobante de circulación.

Duras penas

Quizás lo más importante de la nueva situación sea lo que aún no está implementado pero que sí anunció Rodolfo Suárez, y que será una verdadera novedad si logra implementarlo.

El Gobernador anunció el envío a la Legislatura de un proyecto de reforma del código contravencional, que busca endurecer las penas para quienes incurran en actividades sociales incumpliendo la cuarentena.

Las violaciones en estos casos, derivarían en una pena de entre 15 a 30 días de arresto.

Leer el Decreto 775

https://es.scribd.com/document/466086606/Decreto-775-que-establece-las-salidas-por-terminacion-de-DNI-Mendoza