Desde un punto de vista jurídico nuestra vida cotidiana esta atravesada por infinidad de contratos que celebramos, muchos de estos sin darnos cuenta. Desde cuestiones tan importantes como un contrato de trabajo o la firma de una hipoteca hasta cuestiones tan simples como la utilización de un servicio público o comprar en un comercio de barrio, el fenómeno de la contratación se encuentra presente y tiene mucha relevancia en el día a día.

La masificación de los medios digitales y el internet durante finales de la década de los 90 y principios de los 2000 ha posibilitado que contratos tengan un nuevo espacio de vida. Así es que han surgido los llamados contratos digitales o electrónicos. Estos se manifiestan actualmente a través de una diversidad de situaciones, desde operaciones comerciales celebradas a distancia, la aparición de nuevas formas de trabajo con herramientas virtuales, la distribución y el uso de nuevos tipos de servicios, el comercio electrónico y el uso de redes sociales, entre otros.

En la actualidad este fenómeno de contratación digital está creciendo a pasos agigantados. En el último tiempo cada vez aparecen más servicios que están relacionados con las nuevas tecnologías digitales. También las mejoras en la conectividad están permitiendo que el trabajo por medios virtuales tenga mayor utilización. Por otro lado los comerciantes, gracias a estos nuevos medios, están volcándose cada vez más a la utilización de internet para poder ampliar sus ventas.

Pese a su gran crecimiento, una parte importante de la población estaba ajena a este fenómeno actual o no le daba mayor trascendencia. Sin embargo la llegada de la pandemia de COVID-19 y la decisión, por parte del gobierno, de tomar medidas de prevención y aislamiento obligatorio, hizo que la sociedad en general incrementara el uso de todos estos nuevos servicios digitales, habiendo como consecuencia un incremento en los contratos digitales.
Viendo su importancia y su creciente utilidad hay que preguntarse ¿Qué es un contrato electrónico o digital y cómo puedo identificarlo? ¿Qué beneficios me traen? Y ¿Con que problemas me puedo llegar a encontrar con su utilización?

Antes de dar una definición de contrato electrónico hay que comprender que se entiende por contrato y como es que estos se manifiestan en la vida real. El código civil y comercial se encarga de darnos una respuesta a esta interrogante en su artículo 957, el mismo dice: “Contrato es el acto jurídico mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales”. En resumidas cuentas lo que nos dice el código es que un contrato es un acuerdo que realizan dos o más personas para establecer obligaciones y derechos entre ellos (entregar una cosa o realizar un servicio a cambio de un pago, hacer una donación, el préstamo de dinero, etcétera).

Ahora bien estos contratos deben manifestarse de alguna manera, esto es lo que en el derecho se conoce como Forma. Hay diversos tipos de formas, el código civil y comercial reconoce la libertad de formas en materia contractual, esto es que las partes pueden elegir la que más les convenga (salvo algunos casos especiales como la compraventa de inmuebles). De todas estas formas podemos decir que las de mayor uso son la oral y la escrita.

Llegados a este punto una vez elegida la forma con la que van a celebrar el contrato las partes generalmente eligen una manera de dejar asentada esa forma y esto lo hacen a través de un documento. Un documento es básicamente la representación de un hecho través de un medio que permita su reproducción, el ejemplo clásico es el de una hoja de papel escrita. Hoy en día con el avance de la informática es que surgen los llamados documentos digitales. De manera resumida podemos decir que estos son aquellos que guardan la información a través de la fijación en soporte electrónico.

Ahora es donde llegamos a la definición de contratos digitales, ya que estos son una especie dentro de los contratos que se caracteriza por la utilización del documento digital como medio para manifestarse en la realidad. Otra característica que generalmente se manifiesta en esta modalidad de contratación es que las partes que lo celebran no se encuentran en el mismo lugar, ya que por la posibilidad de utilizar el medio electrónico estas pueden celebrar un contrato estando en diferentes partes del mundo.

Hay miles de ejemplos de estos tipos de contratos pero los más comunes que nos podemos encontrar son: el que celébranos con el prestador de servicios digitales, la compraventa digital por medio de una plataforma de venta online y los términos y condiciones de uso de las páginas webs, en especial de redes sociales.

Los contratos digitales ofrecen múltiples beneficios, entre ellos podemos citar: la despapelizacion permitiendo reducir la cantidad de documentos físicos que guardamos y la posibilidad de celebrar contrataos con personas que se encuentran a grandes distancias entre nosotros.

Pero también estos nos traen nuevos problemas que hay que enfrentar como son la identificación de los contratantes, la manifestación del deseo de celebrar el contrato, como evitar que el mismo sea alterado y como probar la existencia de los mismos si llegamos a tener un conflicto con la otra parte.

Sin embargo, actualmente, el derecho ofrece una serie de soluciones para estos problemas como también herramientas para la realización de los contratos digitales. En el estudio Miranda Calderón contamos con una serie de profesionales, con amplios conocimientos en las distintas áreas de la ciencia jurídica, que pueden brindar el mejor asesoramiento sobre el tema. No dude en realizar su consulta para que uno de nuestros expertos lo pueda asistir.