Después de acontecido el fallecimiento de una persona surgen dudas sobre qué va a pasar con sus bienes, quienes son sus herederos. ¿Qué sucede con las deudas que tenía esa persona?  ¿Cuánto le corresponde a cada uno?, entre otras.

Estas interrogantes, muchas veces por error, desconocimiento, por no actuar en el momento adecuado o con el correcto asesoramiento, derivan en conflictos familiares que podrían ser fácilmente evitados.

¿Qué es una sucesión?

La sucesión es un proceso judicial iniciado a partir del fallecimiento de una persona (causante) y que tiene por objeto la transmisión de bienes, derechos y obligaciones de la persona fallecida en favor de los herederos reconocidos por medio de la Declaratoria de Herederos.

La sucesión permitirá cobrar los créditos que hubieran quedado pendientes, pagar deudas si existiesen, administrar el patrimonio durante el estado de indivisión  hasta la partición de los mismos entre los herederos.

Todo lo que tienes que saber del proceso sucesorio:

Clases de sucesiones: ¿Intestada o testamentaria?

  • Intestada: Este tipo de sucesión ocurre cuando el causante no hizo un testamento válido previo a su muerte. La herencia corresponde a los herederos y se distribuye entre ellos como lo dispone la ley.
  • Testamentaria: Ocurre cuando el causante realizó un testamento antes de su muerte. Aquí los herederos y la forma en que se distribuirán los bienes se harán de acuerdo a la voluntad del fallecido expresada en el testamento.

¿Quiénes pueden iniciarla?

Ahora bien, otra cuestión que hay que tomar en cuenta es quiénes son los que pueden iniciar la sucesión. La ley nos dice que en principio los que van a tener derecho a iniciar la sucesión van a ser los herederos, pero, ¿Cómo sabemos quien es heredero o quien no lo es?

Si nos encontramos frente a una sucesión testamentaria la cuestión es muy sencilla, los herederos van a hacer los que el causante haya establecido en el testamento. Incluso en este tipo los bienes suelen estar ya distribuidos en el testamento lo que facilita aún más las cosas. Sin embargo, hay que tomar en cuenta que hay ciertos límites que la ley impone con respecto a la libertad de redactar el testamento y esa es la porción legítima de los herederos.

Otra cuestión muy importante a considerar, en el caso de la sucesión intestada, es si la persona estaba casada al momento de fallecer. En este caso el cónyuge que está vivo va a tener derecho a ser heredero.

¿Cómo iniciar una sucesión?

El puntapié inicial del proceso sucesorio es la realización de lo que se conoce como escrito inicial. Solo podrá ser presentado por alguno de los herederos y para ello deberemos consultar con un abogado que se encargará de redactarlo y presentarlo.

Una vez presentado el escrito inicial el juez dictará una resolución judicial que se conoce como “auto de apertura” y es desde aquí que se irán sucediendo las distintas etapas del proceso judicial que culminan finalmente con lo que se conoce como la partición de los bienes de la herencia y la posterior entrega de estos mismos.

Otras preguntas frecuentes son:

¿Qué documentación necesito?

¿Qué es la vocación hereditaria?

¿Cuánto es la porción legítima disponible?

¿Qué pasa si vulneraron mi porción legítima?

¿Cómo se repartirán los bienes del acervo hereditario?

 

Para responder a todos estos interrogantes y ayudarte en el proceso sucesorio, contáctanos.

En Miranda Calderón Abogados contamos con excelentes profesionales que podrán brindarle todo el asesoramiento necesario para llevar la sucesión de la manera más rápida y eficiente posible.