DERECHO DE FAMILIA

Conjunto de disposiciones que regulan las relaciones de las personas pertenecientes a la institución familiar entre sí y respecto de terceros, tanto en sus aspectos personales como patrimoniales. CC, arts. 42 a 180. Es la parte del Derecho Civil que tiene por objeto la relaciones jurídicas familiares: relaciones conyugales, paterno-filiales, tanto en su aspecto personal como patrimonial, la tutela y las demás instituciones de protección de menores e incapacitados. Constituye el eje central la familia, el matrimonio y la filiación.

  • Alimentos

  • Visitas

  • Divorcios

  • Separación de bienes

  • Medidas de Protección

  • Violencia de género

  • Rectificación de partidas